Elecciones Proceso Constitucional 2023

Este domingo 7 de mayo de 2023 se realizará la elección de 50 ciudadanas y ciudadanos que discutirán y aprobarán una propuesta de texto de Nueva Constitución, pero, ¿sabes como funcionará este nuevo proceso? Te lo contamos acá!

 En esta elección, se realiza la apertura de un nuevo proceso constitucional, que se desarrollará durante 2023 y que crea tres organismos: un Consejo Constitucional, una Comisión Experta y un Comité Técnico de Admisibilidad, los cuales intervendrán en la elaboración de la propuesta que se plebiscitará.

¿Qué es el Consejo Constitucional?

El Consejo Constitucional será un órgano de al menos 50 integrantes que tendrá por único objeto discutir y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución. La ciudadanía deberá elegir sus integrantes en votación popular el 7 de mayo de 2023 y se elegirá igual número de mujeres que de hombres. Se podrán agregar también representantes de los pueblos originarios, cuyo número dependerá de la votación del padrón electoral indígena.

¿Qué es la comisión Experta?

Es una comisión paritaria de 24 personas que deberá proponer al Consejo Constitucional un anteproyecto de propuesta de nueva Constitución. En esta oportunidad, se determinó que la Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado elijan a sus integrantes en sesiones especiales.

La elección de los miembros de esta Comisión se realizará en la siguiente forma:
– 12 comisionados serán elegidos con el acuerdo del Senado, en proporción a las actuales fuerzas políticas y partidos ahí representados,  adoptado por los cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio, en una sola votación.
– 12 comisionados serán elegidos con el acuerdo de la Cámara de Diputadas y Diputados, en proporción a las actuales fuerzas políticas y partidos ahí representados, adoptado por los cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio, en una sola votación.

El Senado y la Cámara de Diputados deberán elegir el mismo número de hombres y mujeres, respectivamente.

¿Qué es el Comité Técnico de Admisibilidad?

Es un órgano compuesto por 14 personas, que queda encargado de resolver los requerimientos que se interpongan contra aquellas propuestas de normas aprobadas por la Comisión o por el plenario del Consejo Constitucional, o por la Comisión Experta, que contravengan las bases institucionales establecidas para el proceso. Su integración será paritaria.

Se requerirá ser ciudadano con derecho a sufragio, tener el título de abogado, con al menos 12 años de experiencia en el sector público o privado y acreditar una destacada trayectoria judicial, profesional y/o académica. Los integrantes de este Comité Técnico serán propuestos, en una sola nómina, por la Cámara de Diputadas y Diputados, la que deberá ser aprobada por los cuatro séptimos de sus miembros en ejercicio. Dicha nómina, posteriormente, deberá ser ratificada por el Senado, por el mismo quórum.

Funcionamiento en General

¿Cómo funcionará el Consejo?
El día de la instalación del Consejo Constitucional, el organismo deberá elegir la mesa directiva, compuesta por un presidente y un vicepresidente, la que será elegida en una sola votación. Será electo como presidente quien obtenga la primera mayoría. La segunda mayoría será electa como vicepresidente.

¿Cuándo se instala la Comisión Experta?
La Comisión Experta se instalará, en dependencias del Congreso Nacional en la ciudad de Santiago, el 6 de marzo de 2023, e iniciará la redacción de un anteproyecto de nueva Constitución. En la misma fecha, entrará en funciones el Comité Técnico de Admisibilidad. La Comisión Experta deberá aprobar cada norma que formará parte del anteproyecto de propuesta de nueva Constitución por un quórum de los tres quintos de sus miembros en ejercicio.

¿Qué plazo tiene la Comisión Experta para hacer el anteproyecto?
Tres meses desde su instalación.

¿Los miembros de la Comisión Experta participarán en el Consejo?
Los integrantes de la Comisión Experta se incorporarán al Consejo Constitucional una vez que éste se instale, y tendrán derecho a voz en todas las instancias de discusión.

¿Con que quórum el Consejo aprobará las normas?
El Consejo Constitucional podrá aprobar, aprobar con modificaciones o incorporar nuevas normas al anteproyecto de nueva Constitución por el quórum de los tres quintos de sus miembros en ejercicio.

¿Qué pasa después de que el Consejo despache la propuesta?
El Consejo despachará la propuesta dentro de los cuatro meses siguientes a su instalación. Luego, la Comisión Experta hará entrega de un informe en el que podrá formular observaciones al texto. Las propuestas deberán ser conocidas por el Consejo Constitucional y serán votadas según las reglas siguientes:
1. Se dará por aprobada cada propuesta contenida en el informe por un quórum de tres quintos de los miembros en ejercicio del Consejo Constitucional.
2. Se rechazará cada propuesta contenida en el informe por un quórum de dos tercios de los miembros en ejercicio del Consejo Constitucional.
Las propuestas contenidas en el informe que no sean aprobadas o rechazadas serán analizadas por una comisión mixta, conformada por seis miembros del Consejo Constitucional y seis miembros de la Comisión Experta, la que podrá proponer soluciones con el voto de los tres quintos de sus miembros en ejercicio. Dicho acuerdo deberá ser aprobado por el Consejo Constitucional, con el quórum de tres quintos.
Si no hay acuerdo en la comisión mixta, la Comisión Experta debe presentar una nueva propuesta al Consejo Constitucional, para que se pronuncie.
Una vez terminada la votación de cada norma que formará parte de la propuesta de nueva Constitución, se deberá aprobar la totalidad del texto por los tres quintos de los miembros en ejercicio del Consejo Constitucional.

¿Cómo se regulará el trabajo del Consejo Constitucional y el de los otros órganos?
Se regulará por un reglamento que elaborarán, conjuntamente, las secretarías del Senado y de la Cámara de Diputados, y será sometido a la discusión y aprobación de una comisión bicameral compuesta por nueve diputados y nueve senadores. 

El reglamento contemplará mecanismos de participación ciudadana, que operará una vez instalado el Consejo Constitucional y será coordinada por la Universidad de Chile y la Pontificia Universidad Católica de Chile, a través de fórmulas que permitan la participación de todas las universidades acreditadas. Dichos mecanismos contemplarán la iniciativa popular de norma.

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